Cinco pasos para obtener el certificado energético de una vivienda

Si queremos vender o alquilar nuestra vivienda, tenemos que contar con un certifiado energético. El Consejo del Colegio de Aparejadores de Madrid ofrece cinco pasos para obtenerlo:

- Identificar a un técnico competente. Las comunidades autónomas están obligadas a elaborar un registro de profesionales habilitados para hacer estas certificaciones. En cada Comunidad se ha definido un órgano competente para este asunto. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, es la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Hay que consultar este registro para asegurarse de que tu certificación la realiza un técnico acreditado.

- Solicitar presupuesto y concierta una cita con el técnico. El precio del certificado es libre, lo que ha dado pie a ofertas de dudosa fiabilidad. Dado que el certificado incluye recomendaciones para mejorar la eficiencia, algunos están ofreciendo el certificado gratis a cambio de ejecutar después las obras de reforma que se recomiendan. En otros casos, hay ofertas que garantizan de antemano una certificación positiva, lo que atenta contra el rigor de esta etiqueta.

- Comunicar el certificado a la comunidad autónoma. Una vez que el técnico ha evaluado la vivienda y elaborado el certificado, hay que comunicarlo al organismo competente en cada región. Este certificado no tiene validez hasta que no es revisado por la Administración, que comprueba que la evaluación se ha ejecutado de forma correcta y la calificación de la vivienda es la adecuada. De ahí la importancia de haber efectuado una calificación exhaustiva.

Esta comunicación implica a su vez unas tasas, definidas por cada comunidad. No es necesario realizar personalmente esta comunicación, puede hacerlo cualquier otra persona o incluso encargarse de los trámites el propio técnico dentro de su paquete de servicios.

- Recibir el número de registro. En el plazo de unos dos días hábiles aproximadamente (dependerá de cada comunidad), se obtendrá la etiqueta energética con el número de registro asignado, lo que significa que la vivienda ya está certificada y registrada con la supervisión administrativa correspondiente.

Desde que esta norma entró en vigor, las comunidades autónomas están obligadas a crear un registro público con los inmuebles acreditados y su correspondiente calificación energética, a los que se les asigna un número de registro. El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años, siendo el propietario el responsable de su renovación. No obstante, el propietario puede proceder voluntariamente a su actualización si hace una reforma o considera que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar su calificación energética.

- Incluir el certificado en los anuncios de venta o alquiler. El Real Decreto establece que la etiqueta energética debe incluirse en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler. La normativa aún no ha concretado cómo, pero en cualquier caso este aspecto se incorpora a los criterios a tener en cuenta la hora de adquirir o alquilar el inmueble, ya que cuando se venda o alquile, el vendedor debe entregar el certificado al comprador o arrendatario.

La acreditación ‘A’ es la más alta, y va descendiendo sucesivamente hasta la calificación ‘G’, cuantificando estas letras unos indicadores de kilos de emisión de CO2 por cada metro cuadrado de edificio o parte de éste certificada, relacionados con las demandas o necesidades energéticas, y los rendimientos de los equipos e instalaciones. “Tener una buena calificación te ayudará a revalorizar tu vivienda”, recalca el Colegio de Aparejadores de Madrid.

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