La etiqueta energética será obligatoria a partir del 1 de junio

Los propietarios que quieran vender ó alquilar su inmueble a partir del 1 de junio deben obtener la etiqueta energética que indica el nivel de calificación de la vivienda en una escala que va desde la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente). Así lo establece el Real Decreto (RD) que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de abril.

El propietario que desee poner a la venta (o poner en alquiler) una vivienda o un local comercial debe encargar la realización de su certificado de eficiencia energética. Este certificado se basa en una certificación única del edificio donde encuentra la vivienda o el local; o bien se basa en una certificación de varias viviendas o locales, representativos del conjunto.

Durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará las pruebas y comprobaciones necesarias, con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética con el edificio o con la parte del mismo que se certifica. Una vez realizado, el certificado debe presentarse al órgano competente en materia de certificación energética de edificios, para que lo registre adecuadamente.

El certificado debe contener la identificación del edificio, vivienda o local que se certifica, incluyendo su referencia catastral; la indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética; la indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción; la descripción de las características energéticas del edificio (envolvente térmica, instalaciones térmicas y de iluminación, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, condiciones de confort térmico, lumínico y de calidad de aire interior ); la calificación de eficiencia energética expresada mediante la etiqueta de eficiencia energética; el documento de recomendaciones para la mejora de la calificación obtenida; la descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo y la certificación del grado de cumplimiento de los requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas.

Los factores que más influyen en la calificación energética de una vivienda son el tipo de aislamiento, la climatización, la calefacción, el sistema de aire acondicionado y el tipo de iluminación. Un aislamiento térmico adecuado permite reducir las fugas de calor en invierno y limitar la demanda de refrigeración en verano. Una vivienda con los techos y paredes bien aislados puede reducir su coste de calefacción en un 50%. La utilización de ventanas con doble cristal permite ahorrar en calefacción y al mismo tiempo reducir la contaminación acústica por ruido.

Los expertos recomiendan a los propietarios que no esperen hasta el último momento para adquirir el certificado, pues el proceso de certificación no es inmediato y el número de inmuebles sujetos a esta obligación puede superar el millón en toda España.

Los técnicos competentes para emitir y firmar el certificado serán los que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), esto es, ingenieros y arquitectos, tanto técnicos como superiores.

El coste del certificado depende, entre otros factores, de la tipología y las dimensiones del inmueble:

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